domingo, 29 de agosto de 2010
Derechos Reales
Tema que siempre lo relacionamos con los derechos personales pues normalmente avanzan paralelamente pero en ocasiones sus límites se reducen y terminan uniéndose. Los derechos reales otorgan ciertas facultades a sus titular que lo colocan en circunstancias de superioridad. Encontramos que por ejemplo en el derecho de propiedad sus alcances son limitados (función social) y podría decirse que podrían estarse generando unos derechos intermedios. La pregunta seria si efectivamente es una nueva clasificación?
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario