La constitucionalización del derecho civil, corresponde, en nuestro medio, a un fenómeno reciente, básicamente de la Constitución de 1991. Es un tránsito entre la formalidad y el precedente, a su vez, es un unión que genera un producto nuevo, que pudiéramos decir, es un nuevo derecho, un paso del derecho individual al derecho social, del derecho de la ley, al derecho de la norma.
Es un producto que se encuentra en construcción, que busca su propia tradición, y por lo tanto, aun no tiene definida adecuadamente su estructura.
Es un avance en la construcción social del estado, y de la actualización del derecho a las realidades que han ido evolucionando. Así mismo, es un llamado a la creación de un derecho propio y autónomo de nuestra nación, para así dejar de ser dependientes intelectuales.
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