Respecto al plan de trabajo "Extinción del dominio evolución jurisprudencial". Primero que todo deben acordarse que no se puede hacer una evolución jurisprudencial con una sola jurisprudencia.
De otra parte deben concentrarse en la justificación jurídica para poder extinguir bienes adquiridos con anterioridad a la respectiva ley o incluso de la actual Constitucional. Es decir cuáles son los diferentes argumentos para justificar que no se trata de un caso de retroactividad de la ley.